REASIGNACIÓN DOCENTE 2025
El proceso de reasignación docente
2025 en Perú es un mecanismo que permite a los profesores nombrados de la
Carrera Pública Magisterial trasladarse a otra institución educativa en la
misma o diferente jurisdicción, manteniendo su cargo y condiciones laborales.
Este proceso es regulado por el Ministerio de Educación (MINEDU) y sus
reglamentos, como la Ley de Reforma Magisterial (Ley N° 29944) y sus
Resoluciones Viceministeriales.
¿Qué implica el proceso de
reasignación docente?
El proceso busca facilitar el
desplazamiento de los docentes por diversas razones, contribuyendo a su
bienestar y al equilibrio entre su vida personal y profesional. Se rige por un
cronograma establecido por el MINEDU y las Direcciones Regionales de Educación
(DRE) o Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).
Causales de reasignación:
Las causales más comunes para
solicitar una reasignación son:
- Interés
personal: Por
motivos debidamente justificados que no se enmarquen en las otras
causales. Para esta causal, se suele requerir un mínimo de tres (3) años
de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.
- Unidad
familiar:
Permite al docente acercarse a su cónyuge, hijos menores de edad o padres,
siempre que acredite el vínculo familiar y el lugar de residencia del
familiar. Para esta causal, se suele requerir un mínimo de un (1) año de
servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos. Se
prioriza la reasignación a plazas ubicadas en regiones distintas a la de
origen, atendiendo a criterios de necesidad familiar.
- Salud: Por motivos de salud del
docente o de un familiar directo que requiera su cuidado.
- Racionalización: Cuando el docente se encuentra
en una situación de exceso de personal en su institución educativa.
- Situaciones
de emergencia:
En casos de eventos extraordinarios que justifiquen el traslado.
Etapas del proceso:
El proceso de reasignación suele
tener las siguientes etapas principales:
1. Convocatoria y publicación de plazas
vacantes: El MINEDU,
DRE o UGEL publican las plazas disponibles para la reasignación.
2. Inscripción y presentación de
expedientes: Los
docentes interesados presentan sus solicitudes y la documentación requerida que
acredite los requisitos y la causal por la que postulan.
3. Evaluación de expedientes: Un comité de reasignación evalúa los
expedientes de los postulantes, asignando un puntaje según criterios como la
escala magisterial, tiempo de servicios, y si labora en zonas rurales, de
frontera o VRAEM.
4. Publicación de resultados
preliminares y final:
Se publican los cuadros de mérito con los resultados de la evaluación.
5. Adjudicación de plazas: Los docentes que obtienen los
puntajes más altos, según el orden de mérito y priorizando la causal de unidad
familiar sobre interés personal, pueden elegir las plazas vacantes.
6. Emisión de resoluciones: Las DRE o UGEL emiten las
resoluciones de reasignación para los docentes adjudicados.
Requisitos generales (pueden variar
según la normativa específica de cada año):
- Ser
profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.
- Acreditar
un mínimo de años de servicio (por ejemplo, 3 años para interés personal y
1 año para unidad familiar).
- No
encontrarse con sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones en
ciertos periodos.
- No
haber suscrito compromisos específicos de no reasignación en programas
especiales.
- Presentar
las declaraciones juradas y documentos que acrediten los requisitos y la
causal de postulación.
Es importante que los docentes
interesados se mantengan informados a través de los canales oficiales del
MINEDU y las UGEL/DRE, ya que los cronogramas y algunos requisitos pueden ser
modificados anualmente. Para el 2025, se han realizado modificaciones al
cronograma, y se recomienda revisar las últimas comunicaciones y normativas
emitidas por el MINEDU.
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