Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”
Resolución Viceministerial N° 075-2025-MINEDU
Lima, 18 de julio de 2025
VISTOS, el Expediente N°
DITEN2025-INT-0526590, los informes N° 00789-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y N°
00926-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de
Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 01133-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP
de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01012-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 3
de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones
rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley
N°28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es
el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la Ley General de Educación, es función del
Ministerio de Educación, definir las políticas sectoriales de personal,
programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del
sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, conforme con el artículo 90 de
la referida Ley, la eficiencia en el gasto en educación implica, entre otros
aspectos, la adecuada racionalización de los recursos humanos que implica su
ubicación y distribución en el territorio nacional conforme a las necesidades
del servicio educativo;
Que, el artículo 75 de la Ley Nº
29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el Ministerio de Educación
dicta las normas aplicables al proceso de racionalización, el cual está a cargo
de las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local
e instituciones educativas, según corresponda, debiendo identificar excedencias
y necesidades de plazas de personal docente de las instituciones educativas,
buscando equilibrar la oferta y demanda educativa;
Que, el numeral 201.1 del artículo
201 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 004-2013-ED, establece que el proceso de racionalización de plazas
es un proceso permanente, obligatorio y prioritario que está orientado a
identificar excedencias y necesidades de plazas en las instituciones
educativas, buscando equilibrar la oferta y la demanda educativa, con un
criterio de flexibilidad, en función a la realidad geográfica, socioeconómica y
demográfica; a las condiciones y necesidades pedagógicas; y a las limitaciones
de la infraestructura educativa y recursos humanos. Asimismo, el numeral 201.2
del citado artículo, señala que el proceso de racionalización de plazas se
realiza anualmente, de acuerdo con las disposiciones normativas que establece
el Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución
Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley Nº
29944, Ley de Reforma Magisterial”, la cual tiene como objetivo regular el proceso
de racionalización con la finalidad de reordenar y optimizar la asignación de
los recursos humanos (plazas tipo docentes y auxiliares de educación) y
presupuestales en y entre instituciones educativas públicas de Educación Básica
y Técnico - Productiva, en función a sus metas de atención;
Que, bajo el marco normativo antes
expuesto, mediante el Oficio N° 01374-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección
General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe N° 00789-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, complementado con
el Informe N° 00926-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborados por la Dirección
Técnico Normativa de Docentes, a través de los cuales se sustenta la necesidad
de modificar e incorporar algunos numerales a la Norma Técnica aprobada por la
Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, con la finalidad de modificar e
incorporar disposiciones que mejoren los procedimientos y acciones a realizar
por parte de las Comisiones de Racionalización de las Direcciones Regionales de
Educación o Gerencias Regionales de Educación o la que haga sus veces (CORA
DRE/GRE) y de las Comisiones de Racionalización de las Unidades de Gestión
Educativa Local (CORA UGEL) como parte del proceso de racionalización, en el
marco de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, asimismo, se advierte que la
propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión
Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Calidad de la Gestión
Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa,
Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA)
y de la Dirección General de Servicios Educativos Especiales (DIGESE);
Que, mediante Informe N°
01133-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica considera que es técnicamente viable
continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto, resulta
concordante con los instrumentos de planificación estratégica e institucional
del Sector Educación y su aprobación e implementación no irrogaría gastos
adicionales al Pliego 010: M. de Educación ni al Tesoro Público;
Que, con Informe Nº
01012-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite
correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2025-MINEDU, se delegó en el
Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras
facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que
aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio
de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto supremo N°
001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial N° 008-2025-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el numeral 2; el literal f)
del numeral 5.1; el Cuadro 01 del numeral 5.2; el Cuadro 02 del literal a) del
numeral 5.3; el numeral 5.4.3; el literal i) del numeral 5.4.5; el literal c) y
d) del numeral 5.5; los numerales 5.10.5; 5.10.6; 5.10.10; 5.10.11; 5.11.1.4;
5.11.3.1; 5.11.3.3; 5.11.3.5; 5.11.3.9; 5.11.3.26; 5.11.4; 5.11.4.3; 5.11.4.5;
5.11.4.7; 5.11.5.1; el Cuadro 07 del literal a) del numeral 5.12.2; los
literales e), f), y g) del numeral 5.12.3; los numerales 7.9; 7.10; 7.11; y
7.12 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de
racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”,
aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, los mismos que,
como Anexo 1, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar el literal d) al numeral
5.3; los literales i) y j) al numeral 5.4.6; los numerales 5.10.12; 5.11.3.27;
5.11.4.9; 5.11.5.4, el literal c) al numeral 6.4; los numerales 7.15; 7.16; y
7.17 a la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el proceso de
racionalización en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial”,
aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 071-2024-MINEDU, los mismos que,
como Anexo 2, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y de sus anexos, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en
el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.