Modifican el
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público
de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros
de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 015-2023-MINEDU
Lima,
23 de enero de 2023
VISTO,
el Expediente Nº DIED2022-INT-0105538, el Informe Nº
00056-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe Nº 00052-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP
de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00062-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la
conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el
literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la
citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear,
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y
sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así
como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de
competencia, respectivamente;
Que,
el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley,
es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de
personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y
administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial (en
adelante, CPM);
Que,
el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el
Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la CPM, asegurando su transparencia,
objetividad y confiabilidad;
Que,
el artículo 17 de la Ley de Reforma Magisterial establece que el ingreso a la
CPM es por concurso público y se formaliza mediante resolución de nombramiento
en la primera escala magisterial; asimismo, el artículo 19 de la mencionada
Ley, establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la
convocatoria para el concurso público de ingreso a la CPM;
Que,
la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la
referida Ley, establece que el concurso para el ingreso a la CPM durante el
periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el
Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la
periodicidad referida en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial;
Que,
el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala que las plazas vacantes
existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son
atendidas vía concurso público de contratación docente. Para postular se
requiere ser profesional con título de profesor o licenciado en educación;
Que,
el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia
educativa y dicta otras disposiciones, dispone que el contrato de servicio
docente regulado en la Ley de Reforma Magisterial tiene por finalidad permitir
la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas
de educación básica y técnico productiva, entre otros aspectos;
Que,
mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU, modificada por la
Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, se aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso
a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito
para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica”, el cual tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios
y procedimientos técnicos para la organización, implementación y ejecución del
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que
determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de la Ley de
Reforma Magisterial y su Reglamento;
Que,
con Resolución Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU, modificada por las
Resoluciones Viceministeriales Nº 164-2022-MINEDU y Nº 005-2023-MINEDU, se
convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022
y que Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba el
respectivo cronograma;
Que,
en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio Nº
00129-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00056-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, dependiente de la referida Dirección General, en el que sustenta la
necesidad de modificar, incorporar y derogar algunas disposiciones del
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público
de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros
de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica”, con la finalidad de que los comités de
evaluación tengan las condiciones necesarias para su conformación y la
aplicación de los instrumentos de evaluación en la Etapa Descentralizada del
mencionado concurso, de tal manera que se garantice la idoneidad y
transparencia del proceso de evaluación en el marco del principio de mérito y
capacidad del magisterio público (en adelante, la propuesta);
Que,
la propuesta de modificación normativa cuenta con la opinión favorable de la
Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General
de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Calidad de la
Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva
y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), de la Dirección General de
Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), así como de la Dirección Técnico Normativa de
Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) y
de la Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID), dependientes de la
Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que,
mediante el Informe Nº 00052-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de
Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite
opinión favorable a la propuesta por cuanto su objeto y alcance se encuentran
alineados con los objetivos institucionales y estratégicos del sector. Asimismo,
desde el punto de vista presupuestal, no se irrogarán gastos adicionales;
Que,
asimismo, con Informe
Nº 00062-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal
favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite
correspondiente para su aprobación;
Que,
de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución
Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión
Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones,
la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan
sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito
de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación;
De
conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades
delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los numerales
5.6.7.4, 5.6.7.5 y 5.6.7.8, el literal b) del numeral 5.6.7.17, los numerales
5.6.9.2.2, 5.6.15.4.2, los literales d) y e) del numeral 6.2, los literales f)
e i) del numeral 6.3 del documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022
y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante
Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la
Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, los cuales quedan redactados
conforme al anexo Nº 1 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar los numerales
5.6.14.4 y 5.6.7.23 del documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022
y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante
Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la
Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU.
Artículo 3.- Incorporar el numeral 5.7.14
al documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso
a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito
para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº
081-2022-MINEDU y modificado mediante la Resolución Viceministerial Nº
006-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo Nº 2 de la presente
Resolución.
Artículo 4.- Modificar el apartado 2 del
Anexo II del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que
Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado mediante
Resolución Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU y modificado mediante la
Resolución Viceministerial Nº 006-2023-MINEDU, el cual queda redactado conforme
al anexo Nº 3 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de
Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.