COMUNICADO SOBRE HUELGA DEL SUTEP
Ante el anuncio de huelga de hambre realizado
por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP), el
Ministerio de Educación (Minedu) comunica lo siguiente:
Mediante Resolución de Secretaría General N.o
199-2022-MINEDU, se declara improcedente la comunicación de huelga de hambre
presentada por el SUTEP, por no cumplir con los requisitos establecidos en el
artículo 18 del reglamento de la Ley 28988, Ley que declara a la Educación
Básica Regular como servicio público esencial, aprobado por Decreto Supremo N.o
017-2007-ED.
En ese sentido, el Minedu verificó que el SUTEP
no ha cumplido con comunicar la huelga con 10 días de anticipación ni
especificado la duración de esta. Tampoco ha acreditado la voluntad mayoritaria
para la adopción de dicho acuerdo y que este haya sido ratificado por las bases.
Además, el SUTEP no ha presentado el acta de
acuerdo de acatamiento de huelga certificada por notario público o juez de paz;
así como la nómina del personal que asegure la continuidad de la prestación del
servicio y el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de
los miembros de la junta directiva.
Por lo expuesto, la resolución antes señalada
dispone que, en caso de que los docentes paralicen sus labores, las direcciones
regionales de Educación (DRE) o las unidades de gestión educativa local (UGEL)
procedan al descuento de la remuneración por día no laborado, en cumplimiento
de lo dispuesto por el artículo 23 del mencionado reglamento.
Cabe resaltar que la Ley 28988 declara a la
Educación Básica Regular como un servicio público esencial con el fin de
garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la
educación, derecho reconocido en la Constitución Política, en la Ley General de
Educación y en los pactos internacionales suscritos por el Estado peruano.
Fuente: oficina de prensa Minedu