Convocan a Concurso público para el ascenso de
escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública
Magisterial, correspondiente al año 2021 y aprueban cronograma
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL Nº 304-2021-MINEDU
Lima, 22 de octubre de 2021
VISTOS, el Expediente Nº 0147545-2021, el Informe Nº
00758-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº
01160-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra
bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo
con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de
la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de
Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los
niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas
con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación,
establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la
precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública
magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial,
señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de
evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y
en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando
su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 26 de la Ley Nº 29944 establece que el ascenso es el
mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la
remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor
responsabilidad. Se realiza a través de concurso público anual y considerando
las plazas previstas para tal efecto;
Que, asimismo, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la
Ley Nº 29944, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos
regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en
forma descentralizada, de acuerdo a las normas y especificaciones técnicas que
se emitan;
Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29944 dispone que la evaluación para el
ascenso en la Carrera Pública Magisterial tiene una finalidad primordialmente
formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;
Que, según lo señalado en el artículo 51 del Reglamento de la Ley Nº
29944, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, la evaluación del ascenso
tiene entre sus objetivos promover el reconocimiento social y profesional de
los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional,
la formación y los méritos;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 302-2021-MINEDU, se aprueba
el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial”, el cual establece, entre
otros aspectos, los requisitos, los criterios técnicos y procedimientos para la
organización, implementación y ejecución del referido concurso; así como sus
fases, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas
instancias de gestión educativa descentralizada;
Que, conforme con lo establecido en el numeral 5.5.1.1 del documento
normativo antes mencionado, la convocatoria del referido concurso es aprobada
conjuntamente con su cronograma y se publica en el portal institucional del
Ministerio de Educación, de las Direcciones Regionales de Educación y de las
Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, a través del Oficio Nº 00749-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección
General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe Nº 00758-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la
Dirección de Evaluación Docente, a través del cual se sustenta y solicita se
convoque al Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente
al año 2021 y se apruebe el cronograma del referido concurso;
Que, con Informe Nº 01160-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de
Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado, opina que la
convocatoria al referido concurso público y la aprobación de su cronograma,
resultan legalmente viables, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente
para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la
Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de
Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus
modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público
para el ascenso de escala de los profesores de Educación Técnico- Productiva en
la Carrera Pública Magisterial”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº
302-2021-MINEDU y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo
1.- Convocar al Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año
2021, el mismo que se llevará a cabo conforme a lo establecido en el documento
normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el
ascenso de escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en la
Carrera Pública Magisterial”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº
302-2021-MINEDU.
Artículo
2.- Aprobar el Cronograma del
Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año
2021, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo
3.- Disponer la publicación de la presente
resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación –
SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en el mismo día de la publicación de
la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILFREDO TOMAS RIMARI ARIAS
Viceministro de Gestión Pedagógica (e)