Resolución Directoral Ejecutiva N°
000058-2021-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE
Lima, 30 de Marzo de 2021
Vistos, el Memorando Nº
000979-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM y el Informe Nº 000103-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-MAP
de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe Nº
000246-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica
del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se crea el
Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto de
ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura
educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica,
Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento
de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los
otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada, en el
marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura
educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del
país;
Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley
N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2021, autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal
2021, para financiar el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos
2021, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos
públicos, el mejoramiento de los servicios de agua, saneamiento y electricidad,
mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la
iniciativa rutas solidarias, la adquisición, reparación, reposición y/o
mantenimiento de mobiliario y equipamiento, la adquisición de útiles escolares
y de escritorio, y la adquisición de kits de higiene para mantener condiciones
adecuadas de salubridad en los locales educativos hasta por la suma de S/ 365
000 000,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), los que
consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el
mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la Iniciativa Rutas
Solidarias;
Que, de acuerdo al numeral 42.2 de la citada Ley, los montos
para los fines señalados en el numeral 42.1, son desembolsados de manera
directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a
nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado,
bajo la modalidad de subvenciones;
Que,
mediante
Resolución Ministerial N° 557-2020-MINEDU se aprobó la Norma Técnica
“Disposiciones generales para la ejecución mantenimiento y acondicionamiento de
infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones”, cuyo objetivo es
establecer disposiciones generales sobre las etapas, acciones transversales y
responsabilidades para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de
infraestructura educativa que se realiza en instituciones educativas públicas y
programas educativos a nivel nacional, bajo la modalidad de subvenciones
directas, las cuales se desarrollan conforme a principios de eficiencia,
transparencia, equidad y legalidad en la utilización de los recursos públicos
asignados;
Que,
mediante Resolución Ministerial N° 05-2021-MINEDU se aprobó la Norma Técnica
“Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento
2021”, cuyo objetivo es establecer disposiciones específicas sobre la
focalización de locales educativos, plazos de las diferentes etapas,
programación y ejecución del mantenimiento de locales educativos, bajo la
modalidad de subvenciones para el año 2021;
Que,
mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 011-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de
fecha 16 de enero de 2021, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa
aprueba el “Listado de locales educativos beneficiarios del Programa de
Mantenimiento para el año 2021”;
Que,
mediante Decreto de Urgencia N° 021-2021 se establecen medidas extraordinarias
en materia económica y financiera, en el marco de la emergencia sanitaria
generada por el brote de la COVID-19, que permitan adoptar de manera inmediata,
acciones y estrategias preventivas y de respuesta, a fin de contribuir con la
generación de condiciones de salubridad e higiene en favor de estudiantes y
personal de las Instituciones Educativas Públicas, estando frente al reinicio
progresivo del servicio educativo presencial y semipresencial en el año 2021;
Que, el
numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, autoriza al Ministerio
de Educación para financiar durante el Año Fiscal 2021 con cargo a su
presupuesto institucional, bajo el mecanismo previsto en el numeral 2.2 del
mismo, la instalación de estaciones de lavado de manos en locales de
Instituciones Educativas públicas, en el marco del Programa de Mantenimiento de
Locales Educativos 2021 previsto en el artículo 42 de la Ley N° 31084, con la
finalidad de ampliar la cobertura de condiciones adecuadas de salubridad en
infraestructura educativa, hasta por la suma de S/ 37 831 200,00 (TREINTA Y
SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES)”;
Que, el
referido numeral 2.2, precisa que el monto correspondiente a la instalación de
estaciones de lavado de manos a los que hace referencia es desembolsado de
manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una
cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución
educativa pública, titular o encargado, o responsable de mantenimiento de
acuerdo a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación.
Asimismo, el citado Decreto de Urgencia dispone en el numeral 2.3 que el
Ministerio de Educación, dentro de los siguientes cuarenta y cinco (45) días
calendario contados a partir de la vigencia del Decreto de Urgencia, emite las
disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación de
lo dispuesto en dicho artículo;
Que, en dicho marco, el 26 de marzo de 2021, se publicó en el
Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 146-2021-MINEDU que
modificó la Norma Técnica “Disposiciones específicas para la ejecución del
Programa de Mantenimiento 2021” aprobada por la Resolución Ministerial N°
05-2021-MINEDU, estableciendo disposiciones para el uso de los recursos
autorizados mediante Decreto de Urgencia N° 021-2021, para la instalación de
estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021,
con la finalidad de ampliar la cobertura de condiciones adecuadas de salubridad
en infraestructura educativa.
Que,
corresponde precisar que la definición de locales educativos beneficiarios y
los criterios de asignación de recursos se establecen en la modificación del
literal c) del numeral 6.1 y en la modificación del Anexo N° 1 respectivamente
de la Norma Técnica aprobada por la Resolución Ministerial N° 05-2021-MINEDU y
modificada por la Resolución Ministerial Nº 146-2021-MINEDU;
Que, de
acuerdo al literal c) del numeral 6.1. Focalización de locales educativos
beneficiarios del Programa de Mantenimiento 2021 de la Norma Técnica indicada,
el listado de locales educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento de
locales educativos fue aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N°
011-2021-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE, correspondiendo ser complementado con el
listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones
de lavado de manos, el mismo que incluye los montos autorizados, el cual se
aprobará también por Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED hasta el 15 de
abril de 2021;
Que, la
Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED con Memorando Nº
000979-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM complementado con Proveído de fecha 29 de
marzo de 2021, remite y hace suyo el Informe Nº
000103-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-MAP, mediante el cual sustenta y solicita
la aprobación del listado de locales educativos beneficiarios para la
instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de
Mantenimiento 2021, que adjunta; así como precisa que el mismo ha sido
elaborado bajo el alcance de la Norma Técnica “Disposiciones específicas para
la ejecución del Programa de Mantenimiento 2021” aprobada con Resolución
Ministerial N° 05-2021-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº
146-2021-MINEDU;
Que,
mediante Informe Nº 000246-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ, la Oficina de Asesoría
Jurídica del PRONIED señala que la propuesta del “Listado de locales educativos
beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco
del Programa de Mantenimiento 2021” ha sido elaborada de conformidad con el
marco legal de la materia por lo que emite opinión legal favorable para su
aprobación, a través de la emisión de la Resolución Directoral Ejecutiva para
tal efecto;
Que, en el
marco de lo previsto en el inciso b) del artículo 9 del Manual de Operaciones
del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y
modificado por Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, la Dirección
Ejecutiva es competente para expedir la presente Resolución;
Con el visado
de la Unidad Gerencial de Mantenimiento, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en Ley N°
31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el
Decreto de Urgencia N° 021-2021; el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea
el PRONIED; la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU modificada por
Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU que aprueba el Manual de Operaciones
del PRONIED; la Resolución Ministerial N°
557-2020-MINEDU y la Resolución Ministerial Nº
05-2021-MINEDU modificada por la Resolución
Ministerial Nº 146-2021-MINEDU.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Listado de locales educativos beneficiarios para la
instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de
Mantenimiento 2021”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la
presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Programa Nacional
de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe) el mismo día de la
publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.