Protocolos de atención en casos de violencia escolar
Violencia Escolar: Entendiendo la
Nueva Hoja de Ruta del MINEDU (RM N° 383-2023)
La convivencia escolar ha dejado de
ser un tema secundario para convertirse en la base del aprendizaje. Sin un
entorno seguro, no hay educación posible. En el Perú, el marco legal ha dado un
paso importante con la publicación de la Resolución Ministerial N°
383-2023-MINEDU, que actualiza los lineamientos para la gestión de la
convivencia y la prevención de la violencia.
¿Qué es la RM N° 383-2023-MINEDU?
Esta norma técnica aprueba los
"Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y
la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes". Su
objetivo es claro: fortalecer las capacidades de las instituciones educativas
para intervenir de manera oportuna, efectiva y, sobre todo, protectora.
Los 3 Ejes de la Gestión de
Convivencia
Según la norma, la gestión de la
convivencia no se limita a "castigar", sino que se divide en tres
dimensiones estratégicas:
1. Promoción de la Convivencia Escolar: Fomentar relaciones positivas,
participación estudiantil y un clima de respeto.
2. Prevención de la Violencia: Identificar factores de riesgo y
actuar antes de que el conflicto escale.
3. Atención de la Violencia: Aplicar los protocolos establecidos
para casos de violencia psicológica, física o sexual.
Protocolos de Atención: ¿Qué hacer
ante un caso de violencia?
La RM N° 383-2023 enfatiza que la
respuesta debe ser inmediata. Los pasos generales que toda institución debe
seguir son:
- Acción: Intervención inmediata para
proteger a la víctima.
- Derivación: Coordinación con centros de
salud, comisarías o el CEM (Centro Emergencia Mujer).
- Seguimiento: Monitoreo constante del
bienestar del estudiante y la restitución de sus derechos.
- Cierre: Cuando se garantiza que el
entorno es seguro y se han cumplido las medidas correctivas.
El Rol de la Plataforma SíseVe
Un punto clave que refuerza esta
normativa es el uso del portal SíseVe. Es la herramienta oficial donde
se deben reportar los incidentes. El registro no es opcional; es una
responsabilidad ética y legal del personal directivo para visibilizar la
problemática y asegurar que el Estado pueda intervenir.
Importante: La norma subraya el principio del
"Interés Superior del Niño". Esto significa que cualquier decisión
tomada por el colegio debe priorizar el bienestar y la protección del menor por
encima de procesos administrativos o la reputación de la entidad.
Estrategias 2025: Lo que debes saber
sobre la RM N° 383-2025-MINEDU y la Violencia Escolar
La seguridad en las aulas es un
desafío en constante evolución. Con la reciente implementación de la Resolución
Ministerial N° 383-2025-MINEDU, el Ministerio de Educación ha actualizado
las reglas de juego para enfrentar la violencia escolar, adaptándolas a los
nuevos riesgos del entorno digital y la salud mental post-pandemia.
¿Qué hay de nuevo en la RM N°
383-2025?
Esta norma no solo refuerza los
protocolos anteriores, sino que pone un énfasis especial en la detección
temprana y el uso de herramientas tecnológicas para la prevención. Sus
pilares fundamentales son:
1. Enfoque de Protección Integral: Se prioriza la integridad física y
emocional del estudiante por encima de cualquier trámite administrativo.
2. Ciberconvivencia: Se incluyen directrices más claras
sobre cómo abordar el cyberbullying y los riesgos en entornos virtuales,
un punto crítico en la educación actual.
3. Salud Mental Escolar: Fortalece el rol de los psicólogos y
tutores en la identificación de conductas de riesgo antes de que se conviertan
en actos de violencia.
Los Protocolos Actualizados de
Atención
La resolución establece una ruta
crítica obligatoria para todos los colegios (públicos y privados) ante un
reporte de violencia:
- Paso
1: Intervención y Protección. El colegio debe cesar la agresión de inmediato y
asegurar que la víctima esté en un lugar seguro.
- Paso
2: Reporte Obligatorio. Todo incidente debe registrarse en el portal SíseVe
en un plazo máximo de 24 horas.
- Paso
3: Derivación.
Según la gravedad, se coordina con el Ministerio de Salud, la PNP o las
DEMUNA.
- Paso 4: Medidas Correctivas. No se busca el castigo punitivo "ojo por ojo", sino medidas formativas que ayuden a reconstruir la convivencia.
