Condiciones
para la apertura
Las
condiciones para la apertura han sido consultadas previamente con expertos en
el tema, han sido validadas por el Ministerio de Salud, ente rector en materia
de salud a nivel nacional. Estas condiciones permiten identificar a aquellas
IIEE o programas educativos que pueden brindar el servicio educativo en los
tipos semipresenciales, presenciales o a distancia. Para ello, se han definido
tres grupos de condiciones, las cuales deben cumplirse de manera concurrente:
Condiciones
de contexto: aquellas que, basadas en indicadores
epidemiológicos y territoriales, identifican a las IIEE o programas de un
determinado distrito que estarían habilitadas para prestar el servicio
educativo con algún grado de presencialidad.
Condiciones
de bioseguridad en la IE: aquellas que, una vez que las IIEE o
programas estén habilitadas a nivel de distrito, serán garantizadas
permanentemente por las IIEE para que el servicio educativo se brinde de manera
segura.
Condiciones
sociales: aquellas que expresan la voluntad y conformidad de la
comunidad con la prestación del servicio educativo por parte de la IE.
Las
IIEE o programas que cumplan con las condiciones de contexto son llamadas “IIEE
habilitadas”. Las IIEE o programas habilitados que cumplan, adicionalmente, las
condiciones de bioseguridad de la IE y las condiciones sociales serán llamadas
“IIEE aptas” para brindar el servicio educativo con algún grado de
presencialidad. Todas Ias IIEE y programas deben elaborar, implementar y
realizar el seguimiento al “Plan de implementación para la prestación del
servicio educativo (Anexo 1).
En el
Sistema de Seguimiento y Alerta para el Retorno Seguro (SARES), desarrollado
por el Minedu, los usuarios podrán ver reflejada la información sobre la
evolución y el cumplimiento de las condiciones de contexto, a partir de la
información que provea el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y
Control de Enfermedades (CDC), y otras fuentes de información abiertas del
Minsa y del Minedu.
Durante el primer mes del año escolar
2021, todas las IIEE o programas educativos del país operarán el servicio
educativo a distancia. Conforme las condiciones del contexto epidemiológico lo
permitan, el Minedu informará el inicio del retorno a clases con algún grado de
presencialidad, a través de su Portal Institucional.
Condiciones
de contexto
Las
condiciones de contexto habilitan los distritos donde las IIEE o programas
podrían brindar el servicio educativo con algún grado de presencialidad.
La habilitación de las IIEE o programas para la prestación del
servicio con algún grado de presencialidad se llevará a cabo a lo largo de tres
etapas y según el cumplimiento de las condiciones de contexto (territoriales y
epidemiológicas). De manera escalonada y gradual, estas etapas van permitiendo
que la potencial apertura de las IIEE o programas empiece desde las que se
ubican en los distritos más rurales y con menores requerimientos de movilidad
estudiantil hacia aquellas que se ubican en distritos urbanos y con mayor
movilidad estudiantil, como sigue:
Etapa 1: Estarán habilitadas para
la apertura las IIEE o programas que se ubiquen en distritos que cumplan la
condición de ruralidad y de baja movilidad estudiantil que cumplan las
condiciones epidemiológicas por el periodo que se indica en la Tabla 1,
respectivamente.
Etapa 2: Estarán habilitadas para
la apertura, además de las IIEE o programas de la etapa anterior, las IIEE que
se ubiquen en distritos que cumplan la condición de ruralidad y no de baja
movilidad estudiantil siempre que cumplan las condiciones epidemiológicas por
el periodo que se indica en la Tabla 1, respectivamente.
Etapa 3: Estarán habilitadas para
la apertura, además de las IIEE o programas de las etapas anteriores, las IIEE
que se ubiquen en distritos que no cumplan la condición de siempre que cumplan
las condiciones epidemiológicas por el periodo que se indica en la Tabla 1,
respectivamente
A continuación, se detallan las condiciones
territoriales y epidemiológicas vinculadas en cada etapa descrita previamente:
Condiciones territoriales:
a. Ruralidad:
Un distrito
es considerado rural si el porcentaje de IIEE o programas educativos de su
jurisdicción que se ubican en áreas con algún grado de ruralidad6 es mayor o
igual al 80%, según información del Minedu
Baja
movilidad estudiantil: Un distrito es considerado como de baja movilidad estudiantil si
el porcentaje de estudiantes que se traslada a dicho distrito desde uno
diferente para asistir a clases es menor al 30%, según la información del
Minedu.