Sobre el cronograma del procedimiento de renovación y
destaque por unidad familiar
La etapa de renovación de destaque, y
la causal por unidad familiar, se implementarán teniendo en cuenta las
actividades y fechas establecidas en el cronograma que se adjunta al presente
documento, siendo ello así, deben proceder con su difusión en el ámbito de sus
respectivas jurisdicciones, a través de los medios de comunicación masiva.
Sobre las plazas orgánicas vacantes
a) Sus despachos deberán considerar aquellas plazas
orgánicas que se encuentren vacantes y presupuestadas por el periodo en que se
solicita el desplazamiento.
b) No se considera para destaque las siguientes plazas:
declaradas como excedentes, eventuales, las generadas por ausencia temporal del
titular, por (encargaturas, licencias, vacaciones, destaques), así como las
generadas por medida preventiva; y, las plazas que se encuentran en la
publicación final para contrato docente o de encargatura.
Sobre la renovación de destaque
a) Para el presente año 2026, el proceso de renovación
de destaque se implementa para los profesores que estuvieron destacados el año
2025, que deseen presentar su solicitud de renovación ante la IE/UGEL/DRE donde
venía desarrollando labores como destacado, debiendo para ello cumplir con las condiciones
establecidas en la norma técnica, entre ellas las siguientes.
i. Contar con un destaque vigente hasta el término del
año fiscal en el que se evalúa su renovación, esto es hasta el término del año
lectivo 2025.
ii. No encontrarse incurso en ninguna de las
prohibiciones señaladas en el numeral 6.101 de la norma técnica.
iii. Obtener calificación favorable en la
evaluación de renovación de destaque, en el año en que se evalúa su
ratificación, esto es en el año 2026.
iv. La plaza a renovar debe encontrarse vacante para el
siguiente año fiscal y no haber sido ofertada en el concurso público de acceso
a cargos de mayor responsabilidad o nombramiento, convocada por el MINEDU
durante el ejercicio del destaque, ni haber sido cubierta por reasignación en
el año en que se realiza el proceso de destaque.
b) La evaluación de renovación del destaque se realiza
aplicando la ficha de evaluación del anexo 5 de la Norma Técnica, la cual es
aplicada por el director de la IE o el jefe de recursos humanos de la UGEL/DRE
de destino, según corresponda.
c) El profesor que supere la evaluación de renovación y
cumpla con las condiciones establecidas en la norma para la renovación, es
destacado por un periodo adicional, esto es del 01.03 al 31.12.2026. De no
aprobar la evaluación de renovación, el profesor puede solicitar el destaque en
otra plaza de otra IE, debiendo para ello cumplir con los requisitos que exige
la norma para la causal que invoque.
Sobre la evaluación por causal de
unidad familiar
a) Esta causal se configura ante la necesidad del
profesor, de desplazarse temporalmente de su IGED de origen a otra IGED de
destino, que se encuentre ubicada dentro del ámbito de la jurisdicción donde se
encuentre residiendo alguno de sus familiares, siendo estos: el cónyuge;
conviviente reconocido legalmente; hijos menores de edad; hijo mayor de edad
con discapacidad certificada; padres mayores de sesenta (60) años; o, padres
menores de esenta (60) años que dependan directamente del profesor y que se
encuentren con discapacidad certificada.
b) Para el presente año, las solicitudes de destaque se
presentan ante la UGEL/ DRE de destino, de acuerdo a las fechas señalada en el
cronograma que se adjunta.
Sobre el destaque de especialista en
educación y directivos de IIEE
a) El especialista en educación y los directores y
subdirectores de IIEE designados, pueden presentar sus solicitudes destaque en
aquellas plazas que hayan quedado vacantes en el proceso de encargatura 2026,
siempre que no les corresponda ser evaluados en su desempeño en el presente
año. La solicitud se presenta ante la UGEL donde desean destacarse (destino),
en las fechas establecidas en el anexo adjunto, para la causal de unidad
familiar.
b) El destaque se realiza en el mismo cargo en el que se
encuentra designado y su vigencia, por la causal de unidad familiar, es a
partir del 01 de febrero del presente.
CRONOGRAMA DE DESTAQUE
