Nuevos Criterios de Evaluación para Estudiantes | RVM N° 048-2024-MINEDU
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 048-2024-MINEDU
Lima, 30 de abril de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIGEBR2024-INT-0261092, el Informe
N° 00223-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado de forma conjunta por la Dirección
General de Educación Básica
Regular, la Dirección General de Educación Básica
Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en
el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados,
la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y la Oficina de
Seguimiento y Evaluación Estratégica; el Informe N°
00668-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00554-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los puntos 1, 2, 3 y 7 del sub numeral
5.1.1.3; el literal b) del sub numeral 5.1.2.1; los puntos 4, 5, 6, 7 y 8 del
sub numeral 5.1.2.2; el punto 3 del sub numeral 5.1.3; el cuadro del literal A
del sub numeral 5.1.3 en lo correspondiente a los requerimientos del estudiante
para la promoción, recuperación y la permanencia en los grados del nivel
Secundaria; el punto 7 del literal A del sub numeral 5.2.1; el primer párrafo
del literal A del numeral 5.2.2 y el sub numeral 7.1.3 del numeral 7.1 del
documento normativo denominado “Norma que regula la evaluación de las
competencias de los estudiantes de la
Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N°
00094-2020-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme se detalla en el Anexo
I, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Modificar el Anexo N° 09: Información requerida por otros
agentes del documento normativo denominado “Norma que regula la evaluación de
las competencias de los estudiantes de la
Educación Básica”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N°
00094-2020-MINEDU, el cual queda redactado conforme se detalla en el Anexo II,
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus
anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación-SIJE, ubicado en el
portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu),
el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial
“El Peruano”.