APRUEBAN EL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES PARA EL RETORNO A LA PRESENCIALIDAD Y/O SEMIPRESENCIALIDAD, ASÍ COMO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO PARA EL AÑO ESCOLAR 2022 EN INSTITUCIONES Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA, UBICADAS EN LOS ÁMBITOS URBANOS Y RURAL, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR LA COVID-19”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 531-2021-MINEDU
Lima, 23 de diciembre de 2021
VISTOS, el Expediente N° 0201715-2021, el Informe N° 01467-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 01891-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01396-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar la Resolución N° 121-2021-MINEDU, que aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la Covid-19”, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 199-2021-MINEDU, N° 273-2021-MINEDU y N° 458-2021-MINEDU, así como las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el documento normativo aprobado por el artículo 2 de la presente resolución.
Artículo 2.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19” el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ
Ministro de Educación