Modifican el documento normativo denominado
“Norma que regula el registro de la trayectoria educativa del estudiante de
educación básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de Institución
Educativa (SIAGIE)”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº
049-2022-MINEDU
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal f) del subnumeral
6.1.1. del numeral 6 del documento normativo denominado “Norma que regula el
registro de la trayectoria educativa del estudiante de educación básica, a
través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de Institución Educativa
(SIAGIE)”, aprobado por Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU, conforme al
siguiente tenor:
“6. RESPONSABILIDADES
6.1. Responsabilidades de la
Institución Educativa:
6.1.1. Directivo (director o
directora) de la IE o responsable del programa educativo
(…)
f. Emitir a través del SIAGIE los
documentos de carácter oficial que reflejan la trayectoria educativa de las y
los estudiantes, que por mandato normativo les corresponda. El directivo debe
firmar estos documentos.
En caso se presente cualquier
incidencia técnica que afecte la operatividad y/o funcionalidad del SIAGIE o su
aplicativo, que imposibilite la emisión del Certificado Oficial de Estudios o
cualquier otro documento que certifique la trayectoria educativa del
estudiante, el directivo debe reportar la incidencia a través del formulario de
ayuda del SIAGIE, para que la Oficina de Tecnologías de la Información y
Comunicación la evalúe y, en caso se confirme la imposibilidad de emisión
automática, proceda a informar a la Dirección de Gestión Escolar para que esta
apruebe la habilitación de la emisión excepcional a través del formato digital
generado por el aplicativo “Mi Certificado” del SIAGIE”.
Artículo 2.- Modificar el literal b) del
subnumeral 6.4.3. del numeral 6 del documento normativo denominado “Norma que
regula el registro de la trayectoria educativa del estudiante de educación
básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de
Institución Educativa (SIAGIE)”, aprobado por Resolución Ministerial N°
432-2020-MINEDU, conforme al siguiente tenor:
“6. RESPONSABILIDADES
(…)
6.4. Responsabilidades del Ministerio
de Educación:
(…)
6.4.3. Oficina de Atención al
Ciudadano y Gestión Documental:
(…)
b. Emitir a través del SIAGIE los
documentos de carácter oficial que reflejan la trayectoria educativa de las y
los estudiantes, que por mandato normativo les corresponda. Estos documentos
deben contar con la firma de la jefatura. En caso se presente cualquier
incidencia técnica que afecte la operatividad y/o funcionalidad del SIAGIE o su
aplicativo, que imposibilite la emisión del Certificado Oficial de Estudios o
cualquier otro documento que certifique la trayectoria educativa del
estudiante, puede optar por la emisión excepcional a través del formato digital
generado por el aplicativo “Mi Certificado” del SIAGIE”.
Artículo 3.- Incorporar el literal f) en el
subnumeral 6.4.2. del numeral 6 del documento normativo denominado “Norma que
regula el registro de la trayectoria educativa del estudiante de educación
básica, a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de
Institución Educativa (SIAGIE)”, aprobado por Resolución Ministerial N°
432-2020-MINEDU, conforme al siguiente tenor:
“6. RESPONSABILIDADES
(…)
6.4. Responsabilidades del Ministerio
de Educación:
(…)
6.4.2. Oficina de Tecnologías de la
Información y Comunicación:
(…)
f. Evaluar, en coordinación con la
DIGE, las incidencias que reporten los directivos sobre la imposibilidad de emisión
del Certificado Oficial de Estudios o cualquier otro documento que certifique
la trayectoria educativa del estudiante. En caso se confirme el problema, debe informar
a la Dirección de Gestión Escolar para que esta disponga si se habilita o no la
emisión excepcional a través de un formato digital generado por el aplicativo
“Mi Certificado” del SIAGIE”.
Artículo 4.- Incorporar el subnumeral 6.4.4. en el
numeral 6 del documento normativo denominado “Norma que regula el registro de la trayectoria
educativa del estudiante de educación básica, a través del Sistema de
Información de Apoyo a la Gestión de Institución Educativa (SIAGIE)”, aprobado
por Resolución Ministerial N° 432-2020-MINEDU, conforme al siguiente tenor:
“6. RESPONSABILIDADES
(…)
6.4. Responsabilidades del Ministerio
de Educación:
(…)
6.4.4. Dirección de Gestión Escolar: a.
Disponer la habilitación de la emisión excepcional a través del formato digital
generado por el aplicativo “Mi Certificado” del SIAGIE, del Certificado Oficial
de Estudios o cualquier otro documento que certifique la trayectoria educativa
del estudiante, en los casos que la Oficina de Tecnologías de la Información y
Comunicación confirme que ha identificado una incidencia técnica sobre operatividad
y/o funcionalidad del SIAGIE o su aplicativo, que imposibilite la emisión del
Certificado Oficial de Estudios o cualquier otro documento que certifique la trayectoria
educativa del estudiante”.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE),
ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El
Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación